El trámite de primera residencia temporal en la República de Croacia se demora aproximadamente 30 días.
- La solicitud se hace presencialmente en la Embajada en Santiago o durante los días consulares, organizados de forma periódica en Chile, Bolivia, Perú y Ecuador.
- La solicitud la tienen que realizar todas aquellas personas cuya intención es radicarse temporalmente en Croacia y que son ciudadanos de los países que necesitan una visa para entrar a Croacia. Los ciudadanos extranjeros que no necesitan visa para viajar a Croacia, pueden tramitar la residencia temporal en la correspondiente Comisaría croata.
Documentación a ser presentada:
En función del motivo de radicarse temporalmente en Croacia es necesario adjuntar:
- Formulario de solicitud de primera residencia en Croacia
- Pasaporte; documento original
- Certificado de antecedentes penales
- Comprobante de alojamiento en Croacia
- Comprobante de seguro médico
- Comprobante de recursos económicos para la estadía en Croacia
- 1foto 35x45mm (igual a la del pasaporte)
- Para justificar la residencia temporal en Croacia, es necesario presentar:
– Certificado de m matrimonio – si el motivo es la integración familiar;
– Certificado de estudios universitarios / trabajo / investigaciones científicas – si el motivo son los estudios en Croacia.
Importante:
· Toda la documentación emitida por las instituciones extranjeras (Chile, Ecuador, Peru) debe ser apostillada por la correspondiente institución extranjera
· Toda la documentación emitida en el extranjero (en espanol) debe ser traducida al croata. Este servicio lo pueden ofrecer tanto traductores públicos/intérpretes jurados de croata en su país o traductores públicos/intérpretes jurados de espanol en la República de Croacia (listado disponible en la página http://www.sudacka-mreza.hr/tumaci.aspx).
· Toda la documentación tiene que ser presentada EN ORIGINAL y UNA FOTOCOPIA SIMPLE
· Para más información revisar el sitio oficial de la Embajada de la República de Croacia en la República de Chile. https://mvep.gov.hr/informacion-consular-139492/residencia-temporal/180554